El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, dispuso que se eliminen del reglamento de la Ley de Defensa Nacional los artículos relacionados con la subordinación de la Policía Nacional durante los estados de excepción.
Esta decisión se tomó este miércoles 17 de julio del 2024, con el Decreto Presidencial 334, seis días después que el Primer Mandatario emitiera el reglamento con el documento 327, donde los artículos 24 y 25 generaron polémica.
En el apartado 25 se enfatizaba que «la Policía constituye una fuerza auxiliar de las Fuerzas Armadas para la defensa de la soberanía y la integridad territorial del país en el estado de excepción o emergencia».
Mientras que en el artículo 25 se disponía que la Policía «en calidad de fuerza auxiliar» se subordinará al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en forma total o parcial, conforme a los artículos 64 y 66 de Ley Orgánica de la Defensa Nacional.
La disposición llegó en medio de un nuevo estado de excepción que rige desde el 2 de julio en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay.
Sin embargo, los constitucionalistas Esteban Ron y Édison Guarango aclararon que estos cambios no tenían el objetivo de restar autonomía sino actuar de forma complementaria ante la ola de violencia y aumento de delitos relacionados con el crimen organizado.
El primer reglamento a la Ley de Defensa Nacional, aprobada en 2007, se emitió en marzo de 2009 por el expresidente Rafael Correa. En marzo de 2023, la Asamblea Nacional, por iniciativa de Guillermo Lasso, reformó nueve artículos.
Texto Teleamazonas
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