El Pleno de la Asamblea Nacional, en sesión virtual, aprobó la mañana de este lunes 8 de julio las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que endurecen las penas de determinados delitos, como lo estableció la ciudadanía en la consulta popular del 21 de abril. También se reformó el procedimiento para la extinción de dominio.
Una Comisión Ocasional Multipartidista fue la encargada de tramitar el informe para ponerlo a debate del Pleno. El presidente de la mesa legislativa, Carlos Vera Mora, mocionó la aprobación del documento, que tuvo unanimidad en la votación, con 132 votos afirmativos de 132 legisladores presentes del correísmo, PSC, Construye e independientes.
Con esto, los siguientes delitos ahora tendrán las siguientes penas de cárcel:
- El delito de terrorismo pasa de 10 años de prisión a 26 años. La financiación del terrorismo se sancionará con entre 22 y 26 años de cárcel.
- El tráfico de drogas pasa de 13 a 26 años de cárcel.
- El secuestro se sanciona ahora con 26 años de cárcel. Antes eran 22 años de prisión.
- El sicariato con hasta 30 años de cárcel, cuando antes era de 26.
- La minería ilegal pasa de 7 a 20 años de cárcel.
- La trata de personas va entre 19 y 22 años de cárcel. Pero puede llegar hasta los 30 si la víctima muere.
- El lavado de activos tendrá una pena de 5 a 7 años de prisión cuando el monto del delito es inferior a los 100 SBU. Pero una pena de 19 a 22 años si el monto del delito es superior a los 200 SBU.
- La delincuencia organizada se castigará con pena de entre 22 y 26 años de cárcel.
- La tenencia de armas de uso privativo policial y militar se castigará entre 10 a 13 años de cárcel y el porte de 19 a 22 años de prisión.
En cuanto a la extinción de dominio se establece que no se necesita una sentencia para iniciar la investigación y la fase para el traspaso de los bienes al Estado.
Texto original de Ecuavisa