Este viernes 8 de marzo terminan los sesenta días de vigencia de la declaratoria de estado de excepción por grave conmoción interna, emitido el pasado 8 de enero. Mediante decreto ejecutivo, el Presidente Daniel Noboa amplió el mismo por 30 días más, para mantener a las Fuerzas Armadas en las calles y en las cárceles.
El estado de excepción aplica a escala nacional. La semaforización del toque de queda permanece igual.
El pasado viernes, la Corte Constitucional emitió un dictamen favorable para que los militares permanezcan en la El pasado viernes, la Corte Constitucional emitió un dictamen favorable para que los militares permanezcan en la planificación y ejecución de operaciones contra el terrorismo, sin que sea necesario declarar el estado de excepción.
Para los magistrados, la intervención de las Fuerzas Armadas para garantizar la soberanía e integridad territorial es una de sus competencias ordinarias e, incluso, en caso de conflicto armado interno, éstas pueden movilizarse e intervenir una vez fenecido el estado de excepción, de acuerdo con el ordenamiento jurídico”.
Para la Corte Constitucional, la existencia de un conflicto armado interno es una cuestión de hecho. Es decir, las Fuerzas Armadas tienen que intervenir para cumplir su misión constitucional.
Desde el 8 de enero, cuando el presidente decretó el estado de excepción, y al día siguiente, conflicto armado interno, el bloque de seguridad, ha realizado 153 650 operativos para ubicar y detener a los integrantes de las 23 organizaciones delincuenciales.
Se han detenido a 12 076 personas, 280 por terrorismo. Según el Bloque de Seguridad, en los dos meses murieron 14 personas, consideradas como terroristas, durante enfrentamientos con la fuerza pública.
Texto original de Ecuavisa
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