El Gobierno Nacional estableció el horario del toque de queda a escala nacional este 23 de enero del 2024 a través del sistema de semaforización categorizado por el nivel de riesgo de cada cantón en Ecuador.
Con el decreto 135, el presidente Daniel Noboa implementó los cambios a partir de este martes en medio del conflicto armado interno. «Quienes incumplan la medidas serán puestas a órdenes de la autoridad competente«, se señala en el documento.
De 24:00 a 05:00 se limitará la movilidad en los cantones considerados de ALTO riesgo, que son:
- Cañar: La Troncal
- El Oro: Arenillas, Huaquillas, Machala, Pasaje y Santa Rosa
- Esmeraldas: Esmeraldas, Quinindé, San Lorenzo
- Guayas: Durán, Guayaquil, Balao, Balzar, Daule, El Triunfo, Empalme, Milagro, Naranjal, Narajito, Playas y San Jacinto de Yaguachi
- Los Ríos: Babahoyo, Buena Fe, Pueblo Viejo, Quevedo, Valencia, Ventanas y Vinces.
- Manabí: Manta, Montecristi, Pedernales y Portoviejo
- Pichincha: Quito
- Santa Elena: La Libertad, Salinas y Santa Elena
- Santo Domingo de los Tsáchilas: Santo Domingo
- Sucumbíos: Lago Agrio
Mientras los cantones considerados como MEDIO tienen restricción de 02:00 a 05:00:
- Azuay: Camilo Ponce Enriquez y Cuenca
- Cañar: Azogues
- Carchi: Tulcán
- Chimborazo: Riobamba
- El Oro: El Guabo
- Esmeraldas: Atacames
- Guayas: Samborondón, Colimes, Lomas de Sargentillo, Nobol, Pedro Carbo y Simón Bolívar
- Los Ríos: Baba, Mocache y Landaneta
- Manabí: El Carmen, Sucre
- Morona Santiago: Morona
- Napo: Tena
- Orellana: La Joya de los Sachas
- Pichincha: Cayambe
- Santo Domingo: La Concordia
Cantones sin toque de queda
Y se elimina la restricción para los siguientes cantones categorizados con BAJO riego:
- Azuay: El Pan, San Fernando, Chordeleg, Girón, Guachapala, Gualaceo, Nabón, OñaPaute, Pucara, Sanata Isabel, Sevilla de Oro y Sigsig
- Bolívar: Caluma, Chillanes, Chimbo, Echendia, Guaranda, Las Naves y San Miguel
- Cañar: Biblian, Cañar, Deleg, El Tambo y Suscal
- Carchi: Bolívar, Espejo, Mira, Montufar y San Pedro de Huaca
- Chimborazo: Alausí, Chambo, Chunchi, Colta, Cumanda, Guamote, Guano, Pallatanga y Penipe
- Cotopaxi: La Maná, Latacunga, Pangua, Pujilí, Salcedo, Saquisili y Sigchos
- El Oro: Atahualpa, Balsas, Chilla, Las Lajas, Marcabeli, Piñas, Portoviejo y Zaruma
- Esmeraldas: Eloy Alfaro, Muisne y Rioverde
- Galápagos: San Cristobal, Isabela y Santa Cruz
- Guayas: Alfredo Baquerizo Moreno, Marcelino Maridueña, Antonio Elizalde, Isidro Ayora, Palestina, Salitre y Santa Lucía
- Imbabura: Antonio Ante, Cotacachi, Ibarra, Otavalo, Pimampiro y San Miguel de Urcuqui
- Loja: Calvas, Catamayo, Celica, Chaguarpamba, Espíndola, Gozanama, Loja, Macará, Olmedo, Paltas, Pindal, Puyango, Quilanga, Saraguro, Sozoranga y Zapotillo
- Los Ríos: Montalvo, Palenque y Quinsaloma
- Manabí: 24 de Mayo, Olmedo, Bolívar, Chone, Falvio Alfaro, Jama, Jaramijó, Jipijapa, Junin, Pajan, Pichincha, Puerto López, Rocafuerte, San Vicente, Santa Ana y Tosagua.
- Morona Santiago: Gualaquiza, Huamboya, Limón Indanza, Logroño, Palora, Santiago, Sucua y Taisha, Pablo Sexto, Twintza y San Juan Bosco
- Napo: Archidona, Carlos Julio Arosemena, El Chaco y Quijos
- Orellana: Aguarico, Loreto y Orellana
- Pastaza: Arajuno, Mera, Pastaza y Santa Clara
- Pichincha: Mejía, Pedro Moncayo, Pedro Vicente Maldonado, Puerto Quito, Rumiñahi y San Miguel de Los Bancos
- Sucumbíos: Cascales, Cuyabeno, Gonzalo Pizarro, Putumayo, Shushufindi y Sucumbíos
- Tungurahua: Ambato, Baños, Cevallos, Mocha, Patate, Quero, San Pedro de Pelileo, Santiago de Píllaro y Tisaleo
- Zamora Chinchipe: Centinela del Cóndor, Chinchipe, El Pagui, Palanda, Paquisha, Yantzaza, Zamora, Nagaritza y Yacuambi
¿Quiénes pueden transitar libremente?
Y se exceptúa de sanciones por incumplir el toque de queda al personal de:
- Servicios de salud de la red pública y red privada
- Seguridad y fuerza pública, seguridad privada complementaria
- Servicios de gestión de riesgos y atención de emergencias
- Servicios de emergencia vial
- Servidores públicos de la Presidencia, Vicepresidencia; del Ministerio de Gobierno, Defensa e Interior; de la Secretaría de Seguridad Pública y del Estado; del Snai, Asamblea Nacional y cuerpo diplomático.
- Servidores públicos o personal de contratista de entidad públicas
- Personas que formen parte de la cadena logística, incluido el sector exportador
- Prestadores de servicios de transporte y logística aeroportuaria
- Abogados que acrediten la necesidad de acudir a una diligencia judicial
- Trabajadores de medios de comunicación
- Trabajadores de sectores estratégicos y servicios públicos
- Personas que abastezca una cadena productiva
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