La Corte Constitucional determinó que los dos acuerdos entre Ecuador y Estados Unidos para combatir actividades marítimas transnacionales ilícitas y el relativo a al estatuto de las fuerzas no requiere la aprobación de la Asamblea Nacional. Así lo dio a conocer este miércoles 23 de enero del 2024.
Con este dictamen, el Gobierno podrá ratificar dos tratados internacionales con el país norteamericano en la cooperación en seguridad y defensa. Estos documentos serán devueltos a la Presidencia para que continúe con los trámites correspondientes.
Actividades marítimas transnacionales ilícitas
El organismo constitucional indicó que el acuerdo, relacionado a las actividades marítimas, no establece una alianza militar y solo tiene como objetivo la cooperación para enfrentar las actividades marítimas ilícitas relacionadas al tráfico de drogas y migrantes, proliferación por armas de destrucción masiva y pesca ilegal.
Y con ello ratifica que se mantiene la defensa de la soberanía y la integridad territorial en Ecuador a cargo de las Fuerzas Armadas, como se establece en el artículo 158 de la Constitución.
Además, la Corte señala que «el acuerdo regula procedimientos que están relacionados con el ejercicio de derechos constitucionales que puede aplicarse más allá del mar territorial; al registro, incautación y transferencia de activos decomisados; a la inspección y detención, y al uso de la fuerza«.
Estatuto de las fuerzas
Mientras que en el caso del convenio relativo al estatuto de las fuerzas, la Corte dice que «no se refiere a ninguno de los escenarios dispuesto en el artículo 419 de la Constitución«.
Con el acuerdo, según el texto, el trabajo del personal militar norteamericano tendrá una presencia temporal en el país y su trabajo estará enfocado en entrenamiento y ejercicios militares, acciones humanitarias y cooperación en seguridad.
Además, a este personal se le otorgarán exenciones e inmunidades y podrá entrar y salir del territorio con su identificación de Estados Unidos.
Texto publicado en Teleamazonas
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