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Ni copias de cédula ni certificados de votación para los trámites

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El Presidente Guillermo Lasso confirmó la prohibición de solicitar copias de cédulas y certificado de votación para los trámites y dispuso los lineamientos para la eficiencia y agilidad en la ejecución de dictámenes e informes entre otros actos de simple administración.

En el artículo de la Ley para la Simplificación y Eficiencia de Trámites Administrativos se señala que ya no se requerirá copias de cédulas, certificados de votación u otros documentos “que contenga información que repose en las bases de datos de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos o de bases develadas por entidades públicas”.

El Decreto ejecutivo ordena mantener párrafos cortos y concisos; conclusiones claras; evitar la transcripción de un texto completo que hace referencia a un informe o criterios de otras dependencias, y que todas las firmas que sean parte de la Administración Pública Central, Institucional y Dependiente de la Función Ejecutiva deban cumplir estos lineamientos.

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