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La Asamblea retira un artículo de la aprobada Ley de Violencia Digital

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La Asamblea eliminó la reforma del artículo 178 del Código Orgánico Integral Penal, que prohibía la difusión de contenidos de terceros, como correos, imágenes, audios. La normativa fue aprobada en primera instancia dentro del proyecto de Ley de Violencia Digital.

Luego de aprobada la Ley de Violencia Digital, la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos, expresó su preocupación por la reforma al Código Orgánico Integral Penal. También la Fiscalía criticó a los legisladores por la pretendida reforma, porque causaría un efecto negativo en las investigaciones penales y elevaría el índice de impunidad en los casos de corrupción.

El pasado 6 de mayo, el Parlamento aprobó, con 107 votos afirmativos, el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal, para Prevenir y Combatir la Violencia Sexual Digital y Fortalecer la Lucha contra los Delitos Informáticos, que unificaba dos iniciativas: Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal, para Tipificar los delitos de Sexting y Hostigamiento; y el Proyecto de Ley Orgánica para Prevenir la Violencia, el Acoso Digital y la Violación a la Intimidad.

Los asambleístas fueron convocados este lunes para tratar el informe que recomienda la ratificación del Acuerdo entre el Gobierno de Ecuador y Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal sobre el impuesto a la renta, en base del informe preparado por la mesa de Soberanía y Relaciones Internacionales.

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