En el país se ampliará el plazo para circular con licencias de conducir caducadas sin recibir multa, pese a que este sábado 12 de septiembre, finaliza el estado de excepción por la pandemia del covid-19. La Resolución 041-DE-ANT del 10 de septiembre del 2020 lo estipula. La disposición, suscrita por Juan Pazos, titular de la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terreste, Tránsito y Seguridad Vial, se hizo pública este viernes 11 y contempla dos condiciones y una excepción.
La resolución consta de tres artículos. Libera de multa por caducidad a los conductores cuya licencia perdió vigencia durante el estado de excepción, es decir desde el 16 de marzo del 2020 hasta el 12 de septiembre del 2020. Eso significa que sí habrá sanciones para las personas que operen automotores con documentos de conducir que dejaron de estar vigentes en febrero del 2020 o antes de ese mes.
La Resolución 041-DE-ANT establece dos condiciones para que los conductores cuyas licencias vencieron durante el estado de excepción puedan conducir automotores: el pago de la renovación de la licencia y el turno impreso para tramitar una nueva. La Agencia Nacional de Tránsito reactivó sus operaciones para la entrega de licencias, de forma presencial, con los requisitos previstos; entre ellos, examen psicométrico, examen de conocimientos de la normativa de tránsito y pago del valor de la especie (no debe adeudar multas).