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De $100 a $1.200 las multas para quienes incumplan las normativas del COE Quito en la emergencia por el Covid-19

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El Concejo Metropolitano de Quito aprobó una ordenanza que establece las reglas que las personas deberán acatar al salir al espacio público, así como las multas y sanciones para los contagiados que incumplan el aislamiento domiciliario por la pandemia del Covid-19. La nueva normativa contempla 10 reglas de conducta, prohibiciones y sanciones, según el portal web de El Comercio.

Toda persona que transite o realice actividades de cualquier tipo en el espacio público deberá obligatoriamente llevar mascarilla. También las personas que viajen en vehículo, quienes usen moto, bicicleta o medios de transporte no motorizados. Todos los pasajeros de vehículos deberán usar esta protección sin importar si son familiares o viven en la misma casa.

Las personas están obligadas a llevar siempre la cédula de ciudadanía, de identidad u otro documento oficial que permita identificarla. Quien no acate estas disposiciones será sancionada con una multa equivalente al 25% de un salario básico unificado, es decir $100. Si es reincidente, deberá pagar el doble. Si los infractores son menores de edad, la multa deberá ser pagada por sus padres o representantes legales.

El Municipio deberá dotar de mascarillas de forma gratuita a los grupos de atención prioritaria, en la medida de sus posibilidades económicas y operativas. Y deberá entregar todos los implementos de protección a personal en primera línea de atención de la emergencia: mascarillas, gafas de protección, trajes de bioseguridad y demás material de protección.

Las personas diagnosticadas con Covid-19 y quienes se encuentren en aislamiento obligatorio no podrán utilizar los bienes de uso público. Solo podrán salir a las calles para ir a los controles médicos y es preferible que lo hagan en vehículos de emergencia y con todas las seguridades.

Los contagiados solo podrán salir de sus viviendas o centros médicos, cuando haya culminado el aislamiento, siempre y cuando tengan el certificado de haber sido dado el alta epidemiológica. El paciente diagnosticado positivo, que incumpla esta normativa, será sancionado con una multa equivalente a 1,5 salarios básicos unificados, es decir $600. Si reincide la multa será de $1.200.

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