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El llamado a la Policía a disparar no es llamar al uso indiscriminado de la fuerza

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Las declaraciones de la Alcaldesa de Guayaquil, Cynthia Viteri, sobre el exhorto público a la Policía a disparar, deben ser analizadas en su verdadero contexto. La Policía Nacional al ser un cuerpo especializado, técnico, cuyas responsabilidades están previstas en la Constitución y la Ley, tiene que actuar cuando haya un caso de delincuencia. Y Cuando la alcaldesa Viteri dice: “Disparen, señores. Disparen (…)”, lo que hace es llamar a los uniformados a actuar frente a la comisión de un delito, pero dentro de los límites de la ley.

Son declaraciones que se dieron, además, en el marco de la firma de unos 50 acuerdos entre el Gobierno y los gobiernos autónomos descentralizados para tratar de mejorar la seguridad ciudadana. Si bien son unas declaraciones que pueden despertar muchas susceptibilidades y dar lugar a distorsiones, fueron pronunciadas en un contexto específico, con hechos lamentables de por medio, crímenes execrables.

Existen dos casos concretos que causaron conmoción social en todo el país: el crimen de Diana, una mujer embarazada, ocurrido en Ibarra en el mes de enero de 2019, mencionado también por la alcaldesa, y el crimen de María Granja a inicios de febrero de este año, los dos perpetrados por personas de nacionalidad venezolana. Frente a esos hechos es lógico comprender la reacción de la ciudadanía y de las mismas autoridades, por la forma como ocurrieron esos hechos execrables.

El discurso de la alcaldesa, en un acto público, debería ser entendido como un llamado a la Policía a actuar con mano dura o firmeza, dentro del marco de la ley y respetando los derechos de las partes. Y, en ese tipo de casos, cuando se trata de ponderar los derechos humanos de las personas, tanto de la víctima como del victimario, la sociedad en general entra en conflicto.

 

Las declaraciones, sin embargo, de ninguna manera se las debe entender como una incitación a la Policía a actuar de una manera desmesurada, sin responsabilidad, sin hacer el uso progresivo de la fuerza como manda la Ley y todos los protocolos y reglamentos internos que rigen el actuar de la institución para reprimir el delito.

El discurso de la alcaldesa, en un acto público, debería ser entendido como un llamado a la Policía a actuar con mano dura o firmeza, dentro del marco de la ley y respetando los derechos de las partes. Y, en ese tipo de casos, cuando se trata de ponderar los derechos humanos de las personas, tanto de la víctima como del victimario, la sociedad en general entra en conflicto.

¿Cómo ponderamos los derechos humanos de la víctima y, a su vez, los derechos humanos del delincuente o del procesado?

Para responder a esa pregunta está el Derecho Penal, la Criminología, para hacer un profundo análisis de las circunstancias en las que se han cometido los delitos, porque tampoco podemos llegar a los extremos de que vamos a desproteger los derechos de las víctimas por proteger los derechos humanos de los delincuentes.

Las declaraciones no creo que escondan mala intención, porque la Alcaldesa no le dice a la Policía dispare y punto. La Policía conoce que está llamada a actuar en el marco de la ley y sujetarse a todos los protocolos y procedimientos, dependiendo del caso en que debe actuar.

Otro punto muy importante a tomar en cuenta es que la Policía debe estar sumamente consciente, capacitada y asesorada, no solo técnicamente sino legalmente, sobre las circunstancias en las que la Constitución y la Ley le permite al uniformado sacar el arma y disparar. Hay casos claramente señalados en la ley. Ni aun cuando se trate de un delito flagrante puede hacer uso indiscriminado de la fuerza.

Las declaraciones, tal vez desafortunadas para cierto sector de la ciudadanía porque suenan duras, se dan en un momento crítico para el país por los altos índices de delincuencia y delincuencia organizada. Es necesario dar la valoración exacta a esas palabras en el ámbito jurídico.

Es un sistema llamado a respetar los derechos de las personas que delinquen. Pero eso no debe significar que los operadores de justicia deban confundir impunidad con los derechos humanos de un delincuente.

 

Nuestro sistema penal, además, es netamente garantista de los derechos así como nuestra Constitución y esos principios se encuentran desarrollados en el Código Orgánico Integral Penal y en las disposiciones que se contemplan. Incluso se habla de que el sistema penal ecuatoriano está supeditado a los tratados y convenios internacionales en materia de derechos humanos.

Es un sistema llamado a respetar los derechos de las personas que delinquen. Pero eso no debe significar que los operadores de justicia deban confundir impunidad con los derechos humanos de un delincuente.

A una persona se la debe procesar y condenar observando el estricto respeto al debido proceso. Eso de ninguna manera da lugar a crear márgenes de impunidad para tratar de aparentar o congraciarse con sectores o movimientos que están siempre velando por los derechos humanos que deben ser tanto para la víctima como para la persona procesada.

Viteri lo que hizo fue llamar a la Policía a actuar cuando debe actuar, porque en muchos casos, como en los crímenes de Diana y María Granja, no se recurrió al uso progresivo de la fuerza. Hubo una omisión por parte de la Policía que evidencia la falta de preparación, pero es un tema que deberá resolverse siempre dentro del margen de la Ley.

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