Esta ampliación de horario incluye a establecimientos turísticos, así como a los no turísticos determinados dentro de las categorías 2 (centros de diversión para adultos, tales como discotecas, karaokes, bares, entre otros) y 4 (locales de consumo de alimentos preparados).
La aplicación de los horarios deberá considerar que el horario límite para expendio y consumo de bebidas alcohólicas será de media hora antes del cierre del establecimiento, conforme al artículo 15 emitido por el Ministerio del Interior.
Estos son los horarios:
Domingo 3 de marzo – Hasta las 03H00 del día lunes 4 de marzo.
Lunes 4 de marzo – Hasta las 00h00 del día martes 5 de marzo.