Desde ayer, por la tarde, la Corte Constitucional (CC) forma parte del grupo de entidades sometidas a evaluación por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social transitorio. El mandato fue aprobado por seis de los siete consejeros; el voto en contra fue de Xavier Zavala Egas.
A partir de la notificación y en un plazo improrrogable de siete días, los nueve jueces constitucionales deberán presentar un informe de gestión desde que fueron designados. Además, el presidente de la Corte Constitucional, Alfredo Ruiz deberá remitir un informe ejecutivo. El mandato también da cinco días de plazo a la ciudadanía para que presente denuncias contra la Corte o sus jueces.
El Consejo de la Judicatura (CJ, otra de las evaluadas, pidió a la Corte Constitucional un criterio sobre la legalidad de las acciones del Consejo de Participación. En la resolución de ayer consta: “Prevenir a los jueces de la Corte Constitucional que la obstaculización del proceso de evaluación con decisiones que vayan en contra o limiten las facultades ordinarias y extraordinarias del Consejo (…) se considerará como desacato al mandato popular del 4 de febrero y habilitará al Consejo transitorio a dar por terminado anticipadamente el periodo de los jueces que corresponda”.
Desde que se instaló el Consejo transitorio es la primera vez que los mandatos no se aprueban por unanimidad. Zavala Egas justificó su voto en contra aduciendo que las facultades del organismo de transición, ordinarias y extraordinarias, no se aplican para la evaluación de la Corte, ya que no está sometida a su control porque no fue la entidad nominadora. “Por lo tanto, no está en el ámbito de competencia, ese es mi criterio jurídico”, argumentó.
Sin embargo, Pablo Dávila considera que la CC sí está dentro de los organismos a evaluarse, aunque con un mecanismo diferente: “Dejar sin evaluación a la Corte sería incumplir el mandato popular. Evidentemente, estamos en un área de interpretación normativa y estamos usando principios de interpretación constitucional que dice que prevalezca la voluntad popular”, señaló.
Mandato
En la misma sesión se aprobó el mandato de selección de autoridades. Tampoco hubo unanimidad, ya que Zavala Egas se abstuvo. El mandato cambia lo establecido en el artículo 209 de la Constitución, que señala que para la designación de autoridades se organizarán comisiones ciudadanas que harán los concursos. Estas comisiones, según la Constitución, deberán estar integradas por delegados de cada Función del Estado, de organizaciones sociales y de la ciudadanía.
No obstante, en el mandato aprobado se establecen comisiones técnicas integradas por un veedor, dos comisionados ciudadanos y dos delegados del Consejo. Estas comisiones deberán contar con delegados de organizaciones de trabajadores, empresariales, de la academia, de colegios profesionales y de organizaciones de la sociedad civil, omitiendo la presencia de representantes de las Funciones del Estado.