Una persona se jubile en el sector público voluntariamente no recibirá inmediatamente la compensación por retiro, que establece la Ley Orgánica del Servicio Público. El Acuerdo Ministerial 100 determina las directrices para acogerse al retiro por jubilación.
“A todas las personas que presentaron la jubilación hasta el 29 de abril del 2016 no necesariamente les vamos a pagar durante este año. Todo entrará a una priorización que haga el Comité de Gestión Pública Interinstitucional y dependerá de la disponibilidad presupuestaria de Finanzas”, dijo Lilian Monar, funcionaria del Ministerio de Trabajo, durante un talle para explicar los objetivos del texto, requisitos y procedimiento para solicitar el retiro por jubilación.
El artículo 129 de la Losep establece que se compensará a los servidores que se jubilen, con una cantidad igual a cinco salarios básicos por cada año de servicio, a partir del quinto año (hasta 150 sueldos). Sin embargo, desde el 2015 se toma como base el básico de ese año, que corresponde a USD 354. Esto implica que una persona que haya trabajado 35 años, por ejemplo, recibirá un monto máximo de $53 100 de indemnización.
Según Pablo Calle, viceministro de Servicio Público, entre el 2011 y el 2015 se canceló este beneficio a 22 000 trabajadores que se acogieron al retiro. Hoy existen 22 794 solicitudes presentadas entre el 2015 y lo que va de este año.
De esas, alrededor del 60% son solicitudes de retiro voluntario. El funcionario aclaró que el Estado garantizará el pago de la compensación para este grupo de trabajadores que decidan retirarse, a través de la emisión de un compromiso de pago, que obliga al Estado a cancelar este rubro de acuerdo con la asignación anual de Finanzas y bajo una priorización.
“Este año ya se han cumplido con los recursos que se tenía. El próximo año, el Ministerio de Finanzas dirá ‘vamos a asignar $100 millones, $200 millones, etc.’, con base en la disponibilidad presupuestaria y ahí se hará la asignación. No es que se ha acabado la plata”.
En el taller, Monar dijo que el convenio de pago tiene una cláusula que señala que si un funcionario se quiere ir “la fecha máxima de pago será cuando cumpla 70 años”. Esto generó sorpresa en el auditorio, pues los funcionarios públicos no conocían de esto.
El Ministerio aclaró que la persona puede acogerse a la jubilación y recibir su pensión de la seguridad social, pero lo que no va a recibir, de manera inmediata, es el pago de la compensación. Si alguien cumple la edad y el número de aportaciones para retirarse por jubilación, es decir 60 años y 360 aportes, puede seguir laborando en la entidad pública, dijo Monar.
Pero si decide irse tendrá que esperar que haya el presupuesto para recibir la compensación. (I)